Asumir la responsabilidad de vender a crédito

viernes, 6 de febrero de 2009

http://www.actnow.com.au/files/4872/homeless.jpg
Partamos de la siguiente premisa. Las ventas a crédito son
necesarias, porque en la práctica es inviable funcionar al contado.
Pero lo que no debe hacer la pyme es dar crédito a cualquier hijo de vecino que entra por la puerta.

Saco este tema, a raiz del comentario de IC en esta entrada, donde reclama la posición que tiene un acreedor otorgada por el artículo 1.911 del Código Civil. El artículo dice:

Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros

Y la discrepancia la tenemos con la última palabra, dígase “futuros”. Yo sostengo que se debería eliminar el futuros de la responsabilidad de las deudas y el maestro IC que este artículo debe pèrmanecer tal cual está. Veamos mis razones Si vendemos a crédito, corremos el riesgo que nos dejen un impago. La opción es fácil de solucionar: “vendamos a crédito” sólo a aquel que tenga el patrimonio suficiente para pagar la deuda.

Este tema, ya lo hemos tratado algunas veces. Las sociedades mercantiles españolas están descapitalizadas por naturaleza, en donde siempre se recurre al banco para todo y casi todo. Si una empresa quiebra, cubre sólo con sus fondos propios, y ahí no hay futuro que valga para los
acreedores, siempre y cuando se haya seguido la ley al milímetro.

Creo que los autónomos tienen un agravio comparativo frente a las estructuras societarias. De ahí que se debiera responder sólo con los bienes presentes. Absolutamente con todos, pero que al menos se pueda comenzar de cero.

Por otra parte, se debería articular un sistema de clasificación crediticia al igual que tiene EEUU, para particulares y empresas. No podemos cometer la irresponsabilidad de vender a crédito cantidades superiores al patrimonio del cliente porque a día de hoy ha pagado muy bien, pero quién sabe si no se equivoque en esta operación y vaya a la quiebra.


Claro, pensartemos que para eso está el 1.911, pero creo que la irresponsabilidad es compartida. Si materializamos la venta aún sabiendo que es arriesgada y que el susodicho no cuenta con patrimonio suficiente para pagarnos, también debemos asumir como riesgo intrinseco ese lucro que hemos querido conseguir si no nos puede pagar finalmente.

Además, eliminar el futuros y establecer una clasificación crediticia genera unos nuevos
escenarios empresariales donde aparecen importantes ventajas.

Fuente pymesyautonomos

0 comentarios: