NO PAGUE RECARGOS, NI MULTAS...Presente a tiempo sus declaraciones mensuales

viernes, 18 de junio de 2010
Si estas obligado a presentar declaraciones mensuales ante las autoridades tributarias... HAGALO A TIEMPO!!! Evite gastos y molestias innecesarias, además podrá presentar su Declaración Anual sin contratiempo.



LOS PASOS QUE DEBE SEGUIR PARA PRESENTAR SU DECLARACIÓN MENSUAL SON:

1- Tener a la mano la información de sus ingresos y deducciones. Utilice la Bitacorá de información necesaria, que uede obtener en el portal del Sistema de Administración Tributaria (SAT).



2- Calcule los impuestos que le correspondan. Si tiene duda como hacerlo, acuda a gente prfesional o a cualquier módulo de servicios tributarios.



3- Realice el pago en el banco ya sea por internet o por ventanilla bancaria según corresponda. (Si no tiene impuesto a cargo, informe el motivo en el portal del SAT).



4- También debe presentar por internet en el portal del SAT, el listado de conceptos que sirvieron de base para calcular el impuesto empresarial a tasa única (IETU).



5- Si es sujeto de IVA o está registrado con esta obligación, presente la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) durante el mes siguiente al que corresponda su declaración.



LOS IMPUESTOS QUE DEBE DECLARAR CADA MES SON:



* Impuesto Sobre la Renta ISR

* Impuesto Empresarial a Tasa Única IETU

* Impuesto al Valor Agregado IVA (excepto si su actividad esta exenta)

* Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (Solo si es sujeto de este impuesto)

* Las retenciones de impuestos que en su caso realice a terceros



LAS FECHAS EN QUE DEBE PRESENTAR SUS DECLARACIONES MENSUALES SON:



- Si el 6° digito de su RFC es: 1 y 2. Deberá hacer su declaración a más tardar el día hábil 17 más un día hábil.

- Si el 6° digito de su RFC es: 3 y 4. Deberá hacer su declaración a más tardar el día hábil 17 más dos días hábiles.

- Si el 6° digito de su RFC es: 5 y 6. Deberá hacer su declaración a más tardar el día hábil 17 más tres días hábiles.

- Si el 6° digito de su RFC es: 7 y 8. Deberá hacer su declaración a más tardar el día hábil 17 más cuatro días hábiles.

- Si el 6° digito de su RFC es: 9 y 0. Deberá hacer su declaración a más tardar el día hábil 17 más cinco días hábiles.



Si usted se mantiene al corriente tiene las siguientes VENTAJAS:



Evita pagar recargos y actualizaciones



Evita requerimientos y multas de las autoridades fiscales



Agiliza y facilita la elaboración y presentación de l declaración anual. Ya que los pagos provisionales del ISR y IETU se realizan a cuenta del impuesto anual, porque si no los ha presentado NO puede hacer su declaración anual.



Puede acceder durante los primeros días de abril a presentar su Declaración Anual sin contratiempos. Y si es de los primeros en presentar su declaración, también será de los primeros en obtener la devolución del ISR cuando tenga saldo a favor.



NO PAGUE ACTUALIZACIÓN - NO PAGUE RECARGOS - NO PAGUE MULTAS

P A G U E A T I E M P O



para mayor nformación visite él portal del SAT: www.sat.gob.mx



O acercate a nosotros, 14 años de experiencia nos permiten asesorarlo para e cumplimiento de sus obligaciones contables y fiscales.



. Contabilidad General - Asesoria contable y fiscal - Regularización Contable.

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