PROYECTOS PRODUCTIVOS

lunes, 21 de junio de 2010
Las Pymes son el motor del crecimiento económico en México, contribuyen en gran medida a la generación de empleos siendo pieza fundamental para el fortalecimiento de la riqueza del país.


El programa Proyectos Productivos del fondo Pyme, impulsado por la Secretaría de Economía tiene como objetivo Financiar proyectos de inversión que fortalezcan la competitividad de las MIPyMEs; como medio para detonar la creación y conservación de empleos y el desarrollo regional.

Concepto del apoyo:

Apoyos destinados a la constitución de fondos de financiamiento para proyectos productivos de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que sean técnica, comercial y financieramente viables y que tengan limitaciones de acceso a fuentes de financiamiento tradicionales.

Requisitos y documentación soporte para inscribirse al proyecto:

1. Los proyectos / programas deberán ser de carácter nacional y, en su caso, regionales.

2. La solicitud de apoyo deberá contener los siguientes elementos:

o Esquemas de financiamiento que se operarán, así como sus características en cuanto a monto y destino; y en su caso, plazo, período de gracia, tasa de interés, comisiones, condiciones de acceso y las garantías que apliquen.

o Esquema de recuperación o justificación para la instrumentación de un esquema de apoyos no recuperables, según sea el caso.

o Meta de MIPYMES apoyadas.

o Meta de empleos conservados y/o generados.

o Proceso de autorización de los financiamientos.

o Proceso de seguimiento de la correcta aplicación de los recursos.



3. Los esquemas recuperables considerarán que el empresario o la empresa aportará garantías suficientes (las propias del crédito o sustitutas) o aval en una proporción 1:1 respecto al financiamiento otorgado.

4. Asimismo, los esquemas recuperables deberán considerar una tasa de interés competitiva en función de las condiciones prevalecientes en el mercado.


5. Los recursos del Fondo PyME podrán ser canalizados por el Organismo Intermedio a la población objetivo en forma directa, o bien en forma indirecta a través de Intermediarios Financieros Especializados, públicos o privados, incluyendo Clubes de Inversionistas, para que éstos a su vez los administren y canalicen a los proyectos de las MIPYMES.



6. Los Intermediarios Financieros participantes en el proyecto / programa deberán contar con acreditación vigente de la Unidad Administrativa correspondiente de la SPYME.



7. El Organismo Intermedio deberá contar con, o desarrollar un sistema de información en línea para el seguimiento puntual y oportuno de los avances del proyecto / programa o en su defecto reportarlos a través del portal que para tal efecto sea habilitado por la Unidad Administrativa de la SPYME competente.



Elementos para la evaluación del proyecto:

1. La viabilidad técnica y financiera del proyecto / programa.



2. La cobertura geográfica del proyecto / programa.



3. La creación y/o conservación de empleo.



4. El garantizar programas, productos y esquemas de financiamiento en condiciones competitivas y adecuadas a las necesidades de las MIPYMES.



5. El número de MIPYMES a apoyar.



6. Se dará prioridad a las solicitudes que presenten las mejores condiciones de financiamiento y se dará prioridad a las solicitudes que consideren la aportación de recursos de terceros.



Documentación para acreditar el cumplimiento de los recursos:

1. Para acreditar la aplicación de recursos en esquemas recuperables se deberá entregar copia de los contratos de crédito de los financiamientos otorgados a las MIPYMES, así como copia del cheque, transferencia bancaria o depósito bancario que compruebe la recepción de recursos por parte de las MIPYMES apoyadas.

2. En esquemas no recuperables el Organismo Intermedio deberá proponer a la Unidad Administrativa competente de la SPYME, para su autorización por parte de ésta, el formato de Recibo PYME y la documentación comprobatoria que aplique en función del destino de los apoyos. Se entregarán los Recibos PYME firmados y la documentación que hayan sido autorizados por dicha Unidad Administrativa para comprobar la aplicación de los recursos.

3. En su caso, copia de los convenios suscritos por el Organismo Intermedio y los Intermediarios Financieros participantes.

4. En su caso, copia del cheque, transferencia bancaria, o depósito bancario que compruebe la transferencia de recursos del Organismo Intermedio a los Intermediarios Financieros participantes.

5. El Organismo Intermedio deberá, de manera mensual:

a. Proporcionar un reporte mensual de las disponibilidades del proyecto / programa, calculadas con base en los recursos federales recibidos, los rendimientos generados, las aportaciones complementarias recibidas, los recursos asignados y, en su caso, recuperados.

b. Proporcionar un reporte de los recursos asignados y, en su caso, recuperados por acreditado y por Entidad Federativa.

6. La creación de empleos deberá comprobarse mediante reporte que indique RFC o CURP del empleado, No. de seguridad social y fecha de filiación ante el IMSS, debidamente firmado por el representante legal del Organismo Intermedio, o en su caso, copia de:

o Contratos de honorarios asimilables a sueldos.

o Contrato de prestación de servicios, recibos de nómina, recibos de honorarios.

o Contratos individuales de trabajo.

o Recibos provisionales por concepto de sueldos y salarios.

o El autoempleo se comprobará con el formato establecido por la Unidad Administrativa correspondiente de la SPYME. En el caso de la comprobación de autoempleo, el Organismo Intermedio deberá anexar una declaratoria, debidamente firmada por el representante legal, mediante la cual avale, en su caso, las declaratorias de los Intermediarios Financieros participantes y/o los comprobantes de autoempleo).

o Y algún otro documento que autorice la unidad administrativa correspondiente de la SPYME.


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