Realiza tu Declaracion Anual por Internet

sábado, 6 de diciembre de 2008



En su mayoría, las personas físicas y las personas morales están obligadas a presentar una declaración donde reporten sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal (enero a diciembre), es decir, una declaración anual.

Las personas físicas que se encuentran obligadas a presentar la declaración anual deben hacerlo en abril de cada año.

Las personas morales con fines de lucro deben presentar la declaración por Internet durante el periodo de enero a marzo del siguiente año a declarar.

  1. Instale el programa DeclaraSAT en su computadora o utilice el programa DeclaraSAT en Línea.
  2. Capture sus datos en el programa, tanto personales como numéricos.
  3. Genere el archivo de envío que puede hacer en dicho programa una vez que haya capturado todos sus datos y cantidades. (Para hacer el envío debe tener su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) o su Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).
  4. Envíe la declaración al sat, para ello, dé clic en la aplicación de "Envío de la declaración" y seleccione el archivo en la carpeta que lo haya guardado. Después de enviarla, se aparecerá una pantalla confirmando la recepción de la información por parte del sat.
  5. El sat, le enviará un acuse de recibo que contiene el número de operación, fecha de presentación y el sello digital.
  6. Si su declaración le resultó en ceros o con saldo a favor, aquí termina el procedimiento y ¡ya cumplió con su obligación!.
  7. Si le resultó impuesto a cargo, ingrese al portal de un banco autorizado (considere que algunos de los bancos autorizados se encuentran reforzando su seguridad, por lo que para realizar operaciones financieras a través de Internet requerirá de dispositivos externos. Evite contratiempos y contacte a su banco) donde tenga una cuenta para realizar pago de impuestos por transmisión electrónica de fondos; llene el formato electrónico, en el cual, entre otros datos, anote el número de operación y la fecha de envío de la declaración al SAT.
  8. Una vez efectuado el pago, el banco le enviará un recibo para que compruebe que realizó dicho pago.

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